| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Euskarabidea - Servicio de Planificación y Promoción del Euskera |
| Descripción | La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 271.500 euros. Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:
Cada persona beneficiaria solo podrá presentar una única solicitud. La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 95.000 euros.Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:Modalidad 1: proyectos de formación, consultoría y asesoramiento de innovación y evolución de la cultura digital: 30.000 euros.Modalidad 2: implantación de soluciones de tecnología de la información (TIC) y de oportunidades de transformación digital: 65.000 euros.Un medio de comunicación podrá presentarse a más de una modalidad, siempre y cuando cubra con los requerimientos especificados en cada una de ellas. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Proyección Internacional |
| Descripción | La subvención tiene dos modalidades:
Gastos subvencionables:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Proyectos Audiovisuales y Digitales |
| Descripción | Esta convocatoria se estructura en dos modalidades:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES |
| Descripción | Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen un proyecto de I+D en España. Se consideran empresas todas aquellas sociedades que se hayan constituido conforme a la Ley de Sociedades de Capital (sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad comanditaria por acciones). Asimismo, se considerarán a estos efectos como empresas aquellas entidades cuya actividad principal sea la realización de actividades económicas, esto es, que ofrezcan bienes y/o servicios en un determinado mercado (por ejemplo, Sociedades Agrarias de Transformación, Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales, Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles Estatales, etc.). Podrán ser beneficiarios de ayudas a Proyectos de I+D de Cooperación Nacional (tipología b) los consorcios integrados por empresas, que deberán estar formalizados mediante un acuerdo privado de colaboración. En los proyectos orientados (tipología g) sólo podrán ser beneficiarias aquellas empresas que se encuentren, al menos, en una situación comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria). |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P |
| Descripción | Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas
Empresas beneficiarias y sus requisitos.
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Proyectos Audiovisuales y Digitales |
| Descripción |
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos S4 |
| Descripción | La finalidad de estas ayudas es fomentar la presencia de nuevas empresas innovadoras en Navarra, contribuyendo a la diversificación del tejido empresarial, al desarrollo económico y social y a la generación de empleo en Navarra. Las ayudas se destinarán a la creación, inicio de actividad y consolidación de empresas innovadoras de base tecnológica cuya estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnologías y sus actividades empresariales requieran la utilización de las mismas. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Proyección Internacional |
| Descripción | La subvención tiene dos modalidades que cubren diferentes necesidades:
El periodo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y el 16 de octubre de 2023, incluido. A estos efectos, se entenderá que el gasto está realizado cuando se haya facturado y pagado dentro de dicho periodo (más información en la base 3 de la convocatoria). |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Avance Digital |
| Descripción | Ayuda a unidades familiares en situación de vulnerabilidad económica, orientada a la reducción de la brecha digital en cuanto a conectividad.
En el plazo máximo de 90 días naturales desde la presentación de la solicitud, la persona solicitante recibirá una comunicación de pertenecer o no al colectivo vulnerable. En caso afirmativo, se solicitará el alta del servicio con alguno de los operadores inscrito en el Registro de operadores-colaboradores, antes del 30 de noviembre de 2023. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
| Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
| Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | SECRETARÍA DE ESTADO DE DIGITALIZACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL |
| Descripción | Tipos de proyectos subvencionables
Los proyectos deberán cumplir los requisitos especificados en la Base 3.2 de las Bases Reguladoras de la convocatoria (ver apartado 'Normativa' de esta ficha). |
| Estado | En resolución |
IMPULSADO POR:

FINANCIADO POR:

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