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Ayudas a la digitalización

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Órgano convocante COMISIÓN EUROPEA
Descripción

Cada EDIH apoyará la transformación digital de las PYME, las empresas de mediana capitalización y las organizaciones del sector público dentro de su zona geográfica y área de especialización, al tiempo que tratará de ampliar su impacto más allá de su región inmediata. Un EDIH puede optar por centrarse en un grupo o grupos específicos de clientes (por ejemplo, principalmente PYME o principalmente sector público).

Cada proyecto seleccionado prestará los cuatro tipos básicos de servicios (pruebas antes de invertir, formación y desarrollo de competencias, apoyo para encontrar inversiones, creación de redes y acceso a ecosistemas de innovación) que cubren una amplia gama de necesidades de digitalización, desde tecnologías generales y capacidades de IA hasta tecnologías especializadas. Los servicios se prestarán sin fisuras, a través de apoderados cuando sea necesario, manteniendo la coherencia y la accesibilidad para las partes interesadas. Los EDIH complementan y crean sinergias con las iniciativas regionales y nacionales existentes, colaboran con las infraestructuras de innovación en IA de la UE y se convertirán en un punto central para las empresas y el sector público, garantizando un viaje digital flexible y sin fisuras y remitiéndolos a los servicios prestados por estas infraestructuras de innovación en IA cuando proceda.

Estado En plazo
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Órgano convocante COMISIÓN EUROPEA
Descripción

Suministro de los cuatro elementos clave necesarios para un Centro de Internet Segura, a saber:

-Un centro para sensibilizar a niños, padres/cuidadores, profesores y educadores, así como a otros profesionales pertinentes que trabajen con niños, sobre las oportunidades y riesgos en línea para los menores de 18 años, produciendo y promoviendo recursos localizados y adecuados a la edad para abordar los riesgos y oportunidades actuales y emergentes.
-Una línea telefónica de ayuda para asesorar y apoyar a padres e hijos en cuestiones relacionadas con el uso por parte de los menores de las tecnologías y servicios digitales; para prestar asistencia en cuestiones de salud mental relacionadas con la exposición a contenidos en línea inapropiados para la edad, incluidos los pornográficos y violentos; para reforzar el apoyo a las víctimas del ciberacoso, es necesaria una estrecha colaboración con el servicio nacional de ayuda a la infancia 116111.
-Una línea directa para hacer frente a la difusión de contenidos pornográficos y violentos en línea (es decir, recibir, analizar y procesar las denuncias de este tipo de material). En el contexto de la estrategia de la UE para una lucha más eficaz contra el abuso sexual infantil y la propuesta de Reglamento para prevenir y combatir el abuso sexual infantil y la refundición de la Directiva 2011/93/UE sobre el abuso sexual infantil, debería estudiarse una cooperación más estrecha con las fuerzas y cuerpos de seguridad y el sector privado.
-Un grupo de jóvenes que se comprometa directamente con los niños de diferentes grupos demográficos, incluida la organización de actividades periódicas de participación de los jóvenes, que les permita expresar sus opiniones y poner en común sus conocimientos y experiencia en el uso de las tecnologías en línea.

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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Inclusión en el Empleo
Descripción

Para poder ser subvencionables, las inversiones deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tratarse de inversiones realizadas entre el 1 de noviembre y el 31 de octubre el año en curso, y pagadas antes del 5 de noviembre del mismo año.
  • Se establece un importe mínimo para cada concepto de inversión de 400 euros (IVA excluido) por unidad, entendiendo por unidad un conjunto homogéneo funcional y no sus elementos o partes.
  • Tener una cofinanciación por parte de la empresa de inserción de al menos el 20% del importe de la inversión.
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Coordinación e Impulso de Asuntos Europeos
Descripción

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener su domicilio fiscal en Navarra.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento en el que se dicte la propuesta de resolución de concesión.
  • No estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud.
  • Participar durante el periodo elegible en algunas de las actividades definidas en la base 4 de la convocatoria.
  • No haber sido beneficiarias de esta ayuda en los últimos tres años.
Estado En plazo
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Órgano convocante INSTITUTO NAVARRO DE DEPORTE
Descripción

Subvenciones a Entidades Locales de Navarra para implementación de herramientas digitales en Proyectos de prescripción de actividad y ejercicio físico para la salud, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2025

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Órgano convocante DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y DE TRANSICION ECOLOGICA Y DIGITAL EMPRESARIAL
Descripción

La  finalidad  de  estas  ayudas  es  promover  la  realización  de  proyectos  de  I+D  (investigación industrial y de desarrollo experimental) por parte de las empresas, con el propósito de impulsar una dinamización tecnológica que incremente su competitividad y la de Navarra. Asimismo,  se  quiere  impulsar  la  transferencia  del  conocimiento  a  través  de  la  realización conjunta  de  proyectos  de  I+D  entre  las  empresas  y  los  agentes  de  ejecución  del  SINAI (Sistema Navarro de I+D+i), definidos en el artículo 7 de la Ley Foral 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología.

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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i
Descripción

Se subvencionará la contratación de personas tituladas para participar como personal investigador y tecnológico en actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.

  • La persona a contratar, en el momento de su contratación, deberá cumplir, entre otros (base 4.1 de la normativa), los siguientes requisitos:
    • Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL) o en otro Servicio Público de Empleo.
    • Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones académicas homologadas:
      • Titulaciones universitarias
      • Formación profesional de grado superior
  • Los contratos, entre la entidad beneficiaria y la persona contratada deberán cumplir, entre otras (base 4.2 de la normativa), las siguientes condiciones:
    • Ser a tiempo completo y tener una duración de al menos 12 meses.
    • El salario bruto anual será de al menos 20.000 euros.
    • Los grupos de cotización de la Seguridad Social serán 1 ó 2 para titulaciones universitarias y de 1 a 5 para formación profesional de grado superior.
    • La fecha de inicio de la contratación estará comprendida entre el 1 de febrero y el 30 de junio de 2025 de forma general. En el caso de concesiones posteriores a la conjunta se amplía hasta el 31 de octubre de 2025.
    • La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra.
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDAD, INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Descripción

El  objeto  de  esta  convocatoria  es  subvencionar  actuaciones  encaminadas  a  aumentar  el conocimiento  científico  y  técnico  de  la  sociedad  navarra,  difundir  los  resultados  de  los proyectos  de  I+D+i  realizados  en  Navarra  y  fomentar  las  vocaciones  estudiantiles  por  las materias  de  naturaleza  científica  y  técnica,  todo  ello  con  la  finalidad  última  de  aumentar  el vínculo entre la ciencia y la ciudadanía, contribuyendo, así a formar personas científicamente cultas.

Estado En plazo
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Órgano convocante COMISIÓN EUROPEA
Descripción

Los proyectos pueden incluir, en particular

-Herramientas de subtitulación o accesibilidad/descubrimiento/recomendación que se utilicen ampliamente a través de las fronteras y las plataformas para mejorar la visibilidad, la disponibilidad y el potencial de audiencia de las obras audiovisuales europeas;
-Herramientas empresariales que mejoren la eficiencia y la transparencia de los mercados audiovisuales: sistema automatizado de gestión de derechos, tecnología de recopilación y análisis de datos;
-Modelos empresariales que buscan optimizar las sinergias y complementariedades entre las plataformas de distribución (festivales, cines, VOD...);
-Herramientas empresariales que exploran nuevos modos de producción, financiación, distribución o promoción habilitados o mejorados por las nuevas tecnologías (IA, big data, blockchain, mundos virtuales / Metaverso, NFT, etc.);
-Herramientas innovadoras y modelos empresariales que mejoren el proceso de ecologización de la industria audiovisual.

La acción no cubre el desarrollo de hardware (por ejemplo, cámaras, auriculares virtuales...).

Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Descripción
Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Descripción
Estado En plazo
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Órgano convocante Comisión Europea
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Los proyectos deben contribuir a todos los siguientes resultados esperados:

  • La Nube Colaborativa Europea para el Patrimonio Cultural (ECCCH) es ampliamente utilizada por profesionales e investigadores europeos del patrimonio cultural [1] para digitalizar objetos, procesos y prácticas dinámicos [2] .
  • El ECCCH es ampliamente utilizado por investigadores y profesionales del patrimonio cultural europeos para monitorear la evolución del estado de los objetos del patrimonio cultural [3] a lo largo del tiempo.
  • El ECCCH es ampliamente utilizado por investigadores y profesionales del patrimonio cultural europeos para la interacción avanzada con contenido digital, lo que permite nuevas formas de interactuar, mezclar y remezclar diferentes tipos de datos, mejorando las capacidades de conocimiento y el potencial de representación.
  • Los profesionales e investigadores europeos del patrimonio cultural reciben información clara, así como módulos de formación específicos sobre las herramientas y métodos innovadores desarrollados.

Alcance :

Este tema tiene como objetivo desarrollar e implementar un conjunto de herramientas y métodos innovadores en la Nube Colaborativa Europea para el Patrimonio Cultural (ECCCH) para la digitalización y el análisis de procesos dinámicos, objetos y datos combinados complejos. Se deben proporcionar aplicaciones concretas de estas herramientas y métodos para al menos los siguientes usos:

  • Digitalización de objetos, procesos y prácticas dinámicas.
  • Seguimiento de la evolución del estado de los bienes del patrimonio cultural a lo largo del tiempo
  • Interactuar, mezclar y remezclar diferentes tipos de datos
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Órgano convocante Ministerio para la Transformación Digital y de la función pública
Descripción

Kit Consulting es un programa de ayudas dirigido a las pymes y destinado a contratar servicios de asesoramiento digital especializado y personalizado para sus negocios.

Se trata de un programa de ayudas del Gobierno de España, gestionado por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, cuyo objetivo es que las pymes de entre 10 y menos de 250 empleados den un paso más en el camino de su digitalización.

Bono de asesoramiento digital especializado y personalizado

Con los servicios de asesoramiento, las pymes obtendrán un itinerario para avanzar en la digitalización de su negocio para que den el salto de la transición digital a la transformación digital.

El Programa se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - inversión 3 del Componente 13, denominado “Impulso de la pyme”-, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2026, y está dotado de un presupuesto de 300 mi­llones de euros financiados por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU.

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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio
Descripción

Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros.

Tipos de proyectos subvencionables:

  • Modernización y Reforma (MR)
  • Traspaso comercial (TC)
  • Comercio no Sedentario (CNS)
  • Emprendimiento Comercial (EC)
  • Digitalización comercial (DC)

Periodo subvencionable:

Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) entre el 18 de octubre de 2024 y el 17 de octubre de 2025 (en Traspasos, se admite la adquisición del comercio desde el 1 de julio de 2024).

Pasos del procedimiento:

  • Evaluación de las solicitudes recibidas.
  • Resolución de concesión.
  • Presentación de declaración de transparencia (dentro del mes siguiente a la notificación). Se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta como si no está sujeta y para subvenciones >30.000 euros, del cumplimiento de plazos.
  • Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas que se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2025, inclusive.
  • Resolución de abono de la subvención.

Obligación: mantener los bienes objeto de subvención, como mínimo y de manera ininterrupida, durante los 2 años siguientes a la puesta en marcha de las inversiones o durante su vida útil, si ésta fuera menor.

Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Descripción

Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen un proyecto de I+D en España. Se consideran empresas todas aquellas sociedades que se hayan constituido conforme a la Ley de Sociedades de Capital (sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad comanditaria por acciones). Asimismo, se considerarán a estos efectos como empresas aquellas entidades cuya actividad principal sea la realización de actividades económicas, esto es, que ofrezcan bienes y/o servicios en un determinado mercado (por ejemplo, Sociedades Agrarias de Transformación, Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales, Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles Estatales, etc.). Podrán ser beneficiarios de ayudas a Proyectos de I+D de Cooperación Nacional (tipología b) los consorcios integrados por empresas, que deberán estar formalizados mediante un acuerdo privado de colaboración. En los proyectos orientados (tipología g) sólo podrán ser beneficiarias aquellas empresas que se encuentren, al menos, en una situación comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria).

Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Descripción
Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Descripción

Los proyectos de innovación tecnológica son proyectos individuales, realizados por empresas con carácter aplicado, muy cercanos al mercado y con riesgo tecnológico medio/bajo, con facilidad de alcance de los objetivos previstos tanto técnicos como comerciales y con cortos periodos de recuperación de la inversión, que apoyen a la empresa en la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías emergentes.
Los proyectos de innovación tecnológica contemplan los siguientes tipos de actividades:
- Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
- Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.
- Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.
No tienen la consideración de proyectos de innovación aquellos proyectos que impliquen cambios o mejoras de importancia menor, aumento de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados o el abandono de un proceso.

Estado En plazo
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Órgano convocante MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P
Descripción

Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas

  1. El objeto es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma con un diseño personalizado de acciones de mejora de ciberseguridad. Es un programa orientado a todo tipo de pymes, en especial aquellas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.
  2. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permite la mejora de los niveles de ciberseguridad de las pymes.
  3. La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en ciberseguridad que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación.
  4. La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa de la Fundación EOI, por la cuantía que se recoge en el apartado 6 de este artículo.
  5. Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  6. La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.

Empresas beneficiarias y sus requisitos.

  1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente.
  2. Serán consideradas PYME, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  3. Asimismo, las empresas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
  4. Quedan excluidas de estas ayudas las entidades que integren el sector púbico institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta, en los términos dispuestos en el artículo 81 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que sean entidades colaboradoras, en los términos del artículo 9 de la orden de bases.
Estado En plazo
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:

  • El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
  • Upgrades o mejora de versiones.
Estado En plazo
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Descripción

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
  • y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:

  • El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
  • Upgrades o mejora de versiones.
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