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Órgano convocante | MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN |
Descripción | |
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Órgano convocante | INSTITUTO NAVARRO DE DEPORTE |
Descripción | |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y DE TRANSICION ECOLOGICA Y DIGITAL EMPRESARIAL |
Descripción | Estas ayudas tienen por objeto incentivar la participación de las pymes y los agentes inscritos en el Sistema Navarro de I+D+i (SINAI), en los siguientes programas o convocatorias de ayudas comunitarios (en adelante, programas comunitarios), a través de los que se financia la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación (I+D+i): A. Programa Horizonte Europa B. Programa de investigación y formación EURATOM C. Mecanismo Conectar Europa D. Europa Digital E. Mercado Único F. Programa Espacial Europeo G. LIFE: Programa para el Medio Ambiente y Acción Climática H. Interreg Sudoe y Espacio Atlántico I. Europa Creativa J. EU4Health K. Mecanismo de Protección Civil de la Unión y rescEU L. Convocatorias en concurrencia competitiva de I+D+i de partenariados europeos (por ejemplo, European Partnerships, financiación en cascada) De modo que, en el caso de que no consigan financiación en dichos programas, se les subvencionará el gasto de la empresa consultora a la que contrataron para elaborar y presentar la propuesta del proyecto de I+D+i, siempre que superen unos mínimos de puntuación tras la evaluación. |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Competitividad Empresarial y S4 |
Descripción | Resumen de la convocatoria.1. Las actuaciones subvencionables deberán encuadrase en alguno de los siguientes supuestos:Las áreas económicas priorizadas por la S4 de Navarra.Una tecnología facilitadora en las citadas áreas.Una de las cadenas de valor habilitadoras identificadas en el Plan Industrial de Navarra 2021-2025.2. Las líneas de actuación subvencionables serán las siguientes:2.1. Línea A. Consolidación de clústeresSe subvencionarán las actuaciones dirigidas a fortalecer la estructura de los clústeres recogida en el plan de actuación anual. El periodo de ejecución de las actuaciones será del 1 de noviembre de 2023 al 31 de octubre de 2024.2.2. Línea B. Proyectos de colaboraciónSe subvencionarán los proyectos orientados hacia la mejora competitiva de los asociados en alguno de los siguientes ámbitos: innovación tecnológica, innovación no tecnológica o de gestión, internacionalización, marketing, distribución y comercialización, mejoras productivas, estudios de implantación de infraestructuras comunes, desarrollo o modificación de estándares y normas de calidad o desarrollo de sistemas de vigilancia estratégica o tecnológica, mercados y competencia. El periodo de ejecución de las actuaciones será desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 15 de septiembre de 2025.Los proyectos de colaboración podrán realizarse:Individualmente por un clúster o plataforma, en cuyo caso el gasto de colaboraciones externas deberá suponer al menos el 50% del presupuesto subvencionable.En colaboración entre diferentes clústeres o entre clústeres y plataformas.Información sobre protección de datos de carácter personal. |
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Órgano convocante | DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDAD, INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL |
Descripción | La finalidad de estas ayudas es potenciar el Sistema Navarro de I+D+i como motor para incrementar la actividad innovadora de las pymes y de las Unidades de I+D+i empresarial (UIE), a través de la contratación de actuaciones con universidades, centros tecnológicos y centros de investigación que supongan una transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación. Dicho conocimiento podrá ser posteriormente utilizado por las entidades para innovar en producto, proceso o servicio o como fase previa de un futuro proyecto de I+D+i |
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Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES |
Descripción | 1. La presente resolución, dictada al amparo de la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, modificada mediante Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, por tiene por objeto la aprobación de la convocatoria del año 2024 de ayudas para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa Neotec) y la regulación del procedimiento, que se realizará en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 8.3 de la LGS. 2. Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología. |
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Órgano convocante | MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA |
Descripción | 1. Mediante la presente resolución se realiza la Convocatoria 2024 para la concesión de subvenciones para actuaciones de formación en competencias básicas digitales. Esta convocatoria tiene la finalidad de seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas que deberán desarrollar los programas de formación de personas destinatarias de dichos programas en el ámbito de las competencias básicas digitales. 2. La concesión de ayudas de la presente convocatoria se regula según lo establecido en la “Orden TDF/277/2024”, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones de formación en competencias digitales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” (BOE n.º 75 de 26 de marzo de 2024), (en adelante, “las bases reguladoras”). |
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Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | Resultados esperados: El resultado esperado de esta convocatoria es promover decisiones de inversión mejores e informadas, una mayor transparencia del mercado y evaluaciones comparativas de desempeño, con el objetivo de promover inversiones en entidades de propósito social (empresas sociales, nuevas empresas sociales, empresas de impacto, etc.) a través de mejores Servicios de capacidades de datos y herramientas y prácticas de gestión de impacto. Por lo tanto, esta convocatoria satisfará la necesidad expresada por muchos actores del mercado, que muestran un hambre de datos cada vez mayor, no suficientemente abordada por las iniciativas públicas y privadas actuales. Alcance : El objetivo de la convocatoria es promover la prestación de servicios de capacidades de datos mejoradas, así como herramientas y prácticas de gestión de impacto a entidades con fines sociales (como, pero no exclusivamente, empresas sociales, entidades de economía social, empresas emergentes sociales, empresas de impacto ) para aumentar su capacidad de inversión de impacto social. Un mercado más fuerte, más transparente y que funcione mejor para la inversión de impacto social es fundamental para cumplir con el Pilar Europeo de Derechos Sociales mediante la promoción de inversiones en muchas de las áreas cubiertas por sus principios, y especialmente en las siguientes: 3. Igualdad de oportunidades, 4. Apoyo activo al empleo, 5. Empleo seguro y adaptable, 11. Cuidado y apoyo a los niños, 12. Protección social, 17. Inclusión de personas con discapacidad, 18. Cuidados de larga duración, 19. Vivienda y asistencia a personas sin hogar, y 20. Acceso a servicios esenciales. |
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Órgano convocante | Ministerio de Industria y Turismo |
Descripción |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Proyección Internacional |
Descripción | La subvención tiene dos modalidades:
Gastos subvencionables:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | |
Descripción | Esta convocatoria se estructura en dos modalidades:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i |
Descripción | Se subvencionará la contratación de personas tituladas para participar como personal investigador y tecnológico en actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades. La persona a contratar, en el momento en que se efectúe la contratación, deberá cumplir, entre otros (base 4.1 de la Normativa), los siguientes requisitos:
Importe de las ayudas: Los módulos de ayuda para compensar los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, serán los siguientes:
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i |
Descripción | La ayuda consiste en un maximo del 50% de subvención para las actuaciones de adquisición, mejora e instalación de equipamiento científico-tecnológico, incluida la obra civil de remodelación o mejora de edificios y el mobiliario utilizado en actividades de investigación. |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria |
Descripción | Finalidades de los proyectos de inversión:
Tipos de proyectos de inversión: Serán subvencionables los tipos de proyectos de inversión siguientes:
Finalidades de los proyectos de inversión a) Creación de un nuevo establecimiento. b) Diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento (conforme a la definición 50 del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 651/2014). c) Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad a realizar utilizando activos adquiridos no sea la misma o similar (conforme a la definición 50) del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 651/2014) a la realizada en el establecimiento con anterioridad a la adquisición, y se cumplan determinadas condiciones. d) Ampliación de un establecimiento existente. e) Mejora de la eficiencia de los procesos industriales. f) Incorporación de actividades industriales de otras plantas productivas de fuera de Navarra. Requisitos de los proyectos de inversión: El presupuesto mínimo subvencionables es de 300.000 euros. Los proyectos deberán estar ubicados en Navarra. Los proyectos de inversión no causarán ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales, como establece el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía). Costes subvencionables: Serán subvencionables los costes de las inversiones en activos materiales e inmateriales que consistan en: a) La adquisición de terrenos para uso industrial, por un importe que no exceda del 10% del presupuesto subvencionable del proyecto. b) La adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles e instalaciones generales. c) La adquisición de maquinaria y bienes de equipo e instalaciones anexas. d) La adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual. En el caso de los proyectos de inversión de tipo A), el coste subvencionable de los activos inmateriales estará limitado al 50% del coste subvencionable del proyecto. e) Otros costes vinculados a los de las letras b), c) y d) anteriores, como los soportados por la obtención de licencias de obra, de actividad y de apertura, o los honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería o consultoría, con el límite del 20% del coste de aquéllos. Información relativa a los tipos de inversión pertenecientes a cada letra. Cuando el importe de alguno de los costes subvencionables supere el importe, IVA excluido, de 12.000 euros (en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de arquitectura, ingeniería o consultoría) o de 30.000 euros (en el supuesto de coste por ejecución de obra), la beneficiaria deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía presentando para ello un mínimo de tres ofertas y justificando la elección de la oferta seleccionada en el formulario Justificación de la elección del proveedor. Las beneficiarias no estarán obligadas a adjuntar 3 ofertas en los casos indicados en el documento de Instrucciones para la elección del proveedor. Periodo de ejecución: Los proyectos de inversión deben ser ejecutados entre la fecha de solicitud de la ayuda y el 31 de mayo de 2025. Importe de la ayuda: El importe de la ayuda será del 10% del presupuesto subvencionable del proyecto de inversión, con los siguientes límites de ayuda por proyecto: Tipo de proyecto Ayuda máxima: Proyectos A) 500.000 euros Proyectos B) 200.000 euros Cada empresa podrá solicitar ayuda para un proyecto de inversión por establecimiento, siendo el máximo de ayuda que pueda recibir en total una empresa de 500.000 euros, salvo que se trate de ayudas de minimis, en cuyo caso será de 200.000 euros. Compatibilidad de las ayudas: Estas ayudas son compatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. En tal caso, serán de aplicación las reglas de acumulación establecidas en el artículo 8 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Asimismo, serán de aplicación las reglas de acumulación del Reglamento de minimis para el resto de proyectos. Pasos del procedimiento: Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, éstas se evaluarán en régimen de concurrencia competitiva. Resolución de concesión de las ayudas. Declaración sobre la obligación de transparencia. Presentación de la documentación necesaria para el abono. |
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Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | Este tema tiene como objetivo apoyar actividades que contribuyan a uno o varios de los resultados esperados de esta convocatoria. Las propuestas bajo este tema deben apuntar a generar resultados que contribuyan a los siguientes resultados esperados:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P |
Descripción | Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas
Empresas beneficiarias y sus requisitos.
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Comisión Europea |
Descripción | El Acelerador EIC apoya a las empresas (principalmente pymes, incluidas las de nueva creación) para ampliar innovaciones de alto impacto con potencial para crear nuevos mercados o alterar los existentes. El Acelerador del EIC ofrece una combinación única de financiación de 0,5 a 17,5 millones de euros y servicios de aceleración empresarial (consulte la Sección V del programa de trabajo del EIC 2024 ). El Acelerador EIC se centra en particular en innovaciones basadas en descubrimientos científicos o avances tecnológicos ('tecnología profunda') y en las que se necesita una financiación significativa durante un largo período de tiempo antes de que se puedan generar beneficios ('capital paciente'). Estas innovaciones a menudo tienen dificultades para atraer financiación porque los riesgos y el plazo involucrados son demasiado altos. La financiación y el apoyo del Acelerador EIC están diseñados para permitir que dichos innovadores atraigan todos los importes de inversión necesarios para crecer en un plazo más corto. El Acelerador EIC respalda las últimas etapas del desarrollo tecnológico y su ampliación. Por lo tanto, el componente tecnológico de su innovación debe haber sido probado y validado en un laboratorio y otro entorno relevante (por ejemplo, al menos el nivel 5 de preparación tecnológica). El Acelerador del EIC busca apoyar a las empresas en las que el apoyo del EIC actuará como catalizador para atraer a otros inversores necesarios para ampliar la innovación. Los solicitantes del EIC Accelerator pueden presentar propuestas a través de:
Para obtener más información, consulte el Programa de trabajo del EIC 2024 . |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN |
Descripción | El CDTI participa en el Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, para financiar Proyectos individuales de inversión en acuicultura y Proyectos individuales de inversión en actividades de comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura. Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a las siguientes actividades:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN |
Descripción | Los proyectos de I+D vinculados a los PERTES Aeroespacial y de Salud de Vanguardia son proyectos de investigación y desarrollo empresarial de carácter aplicado para la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. Los proyectos deben demostrar un aspecto tecnológico diferencial sobre las tecnologías existentes en el mercado. Los proyectos de I+D pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental Los proyectos de I+D son presentados por una única empresa. Cuando se haga referencia a pyme (pequeña y mediana empresa), se entenderá como aquella empresa que cumple los requisitos establecidos en la definición recogida en el Anexo I del Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Además, se pueden subcontratar determinadas actividades del proyecto a otras empresas o a organismos de investigación, como universidades, centros tecnológicos, infraestructuras científicas singulares (ICTS2) u organismos públicos de investigación, entre otros. |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | Gobierno de Navarra |
Descripción | El requisito mínimo del programa es que en cada proyecto participen:
La documentación a presentar junto con la instancia telemática es la siguiente: Solicitud Memoria técnica descriptiva del proyecto ("Full proposal" en inglés) Acuerdo de colaboración firmado Cuentas registradas de los tres últimos ejercicios y datos sobre número de trabajadores y trabajadoras (solo las pymes) Declaración de transparencia |
Estado | En plazo |
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