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Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento
Descripción
  • Efecto incentivador: los proyectos no tienen que estar iniciados antes de la fecha de solicitud.
  • Requisitos: ser un proyecto de innovación en procesos, de innovación en materia de organización mediante uno de los siguientes tipos: innovación tecnológica, innovación de metodologías en procesos o innovación en modelos de negocio.
  • Modalidades: proyectos individuales de pymes o colaborativos con al menos una pyme.
  • Gastos subvencionables: los relacionados directamente con las actividades de innovación, como personal (cálculo de coste/hora según convenio o mejora), materiales, amortización de equipos, colaboraciones externas y otros gastos.
  • Límites previstos: 200.000 por empresa y 350.000 por proyecto en colaboración.
  • Intensidad de ayuda: 50 % para pequeñas, 35 % para medianas y 15 % para grandes empresas.
  • Duración: se prevé desde la fecha de solicitud como muy pronto, hasta el 31 de octubre de 2025.
  • Financiación: Gobierno de Navarra sin cofinanciación.
  • Normativa: la convocatoria, Ley Foral de Subvenciones, Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y resto aplicable.
  • Forma de justificación y abono: informe intermedio y pago a cuenta a finales de 2025 y justificación final en enero de 2026 para posterior liquidación.
  • Deducción fiscal: los proyectos calificados como innovación tecnológica (deducción del 15 %) tendrán el certificado de deducción fiscal.
  • Incompatibilidad: con otras ayudas de Gobierno de Navarra. Es compatible con la solicitud anterior o posterior de deducción fiscal si el proyecto no se ha iniciado en el momento de las solicitud.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria
Descripción

Requisitos de los proyectos de inversión

1. Que tengan por finalidad:

a) La creación de un nuevo establecimiento.

b) La diversificación de la actividad de un establecimiento en nuevos productos adicionales.

c) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad a realizar utilizando activos adquiridos no sea la misma o similar (conforme a la definición 50) del artículo 2 del Reglamento (UE) Nº 651/2014) a la realizada en el establecimiento con anterioridad a la adquisición, y se cumplan determinadas condiciones:

  • Que el establecimiento haya cerrado o hubiese cerrado si no hubiera sido adquirido.
  • Que los activos sean adquiridos a un tercero no relacionado con el comprador.
  • Que la operación tenga lugar en condiciones de mercado.

Cuando un familiar de quien ostente la propiedad inicial o un empleado o una empleada se haga cargo de una pequeña empresa, no se aplicará la condición de que los activos deban ser adquiridos a terceros no relacionados con la parte compradora. La mera adquisición de las acciones de una empresa no constituirá una inversión.

d) La ampliación de un establecimiento existente.

e) La mejora de la eficiencia de los procesos industriales.

f) La incorporación de actividades industriales de otras plantas productivas de fuera de Navarra.

2. Que tengan un presupuesto mínimo subvencionable de 300.000 euros.

3. Que estén ubicados en Navarra.

4. Que no causen ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales, como establece el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).

5. Que se ejecuten entre la fecha de solicitud de las ayudas y el 31 de mayo de 2026.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento
Descripción

La finalidad de estas ayudas es fomentar la presencia de nuevas empresas innovadoras en Navarra, contribuyendo a la diversificación del tejido empresarial, al desarrollo económico y social y a la generación de empleo en Navarra.

Las ayudas se destinarán a la creación, inicio de actividad y consolidación de empresas innovadoras de base tecnológica cuya estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnologías y sus actividades empresariales requieran la utilización de las mismas.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Fomento de la Inversión Industrial
Descripción

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ajustarse a la definición de pyme del Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014.
  • Dispongan o vayan a disponer de un establecimiento en Navarra.
  • Estar inscritas o hayan solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra, conforme la Orden Foral 152/2013 (BON nº 94, de 20 de mayo de 2013).
  • No estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del art. 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

No podrán obtener la condición de beneficiarias:

  • Las entidades que pertenezcan al sector público.
  • Las "empresas en crisis" conforme a la definición 18 del artículo 2 del RGEC. 
  • Las empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente.
  • Las empresas que estén cumpliendo sanciones administrativas firmes o una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
  • En el caso de subvenciones de más de 30.000  euros, las personas físicas y jurídicas, con ánimo de lucro, que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra morosidad en las operaciones comerciales.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Proyectos Audiovisuales y Digitales
Descripción
  1. La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas para la organización de laboratorios e incubadoras de creación y desarrollo de proyectos audiovisuales que se celebren en Navarra entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2024 (ambos inclusive).
  2. Se entenderá por laboratorios e incubadoras aquellos programas, foros, plataformas de pitching y residencias donde participen profesionales y empresas que superen previamente un proceso de selección y que comprendan actividades de formación, networking y tutoría para mejorar la competencia y competitividad de profesionales y empresas en los procesos creativos y de desarrollo de proyectos audiovisuales. La tipología de proyectos audiovisuales engloba cortometrajes, largometrajes, series, narrativas inmersivas y de realidad virtual y otros contenidos audiovisuales y de carácter digital fundamentalmente narrativos.
  3. Los laboratorios e incubadoras deberán tener carácter y contenido cultural o artístico.
  4. Cada solicitante podrá presentar una única propuesta, que contendrá un solo proyecto.
  5. Esta convocatoria de ayudas tiene las siguientes finalidades:
  • Favorecer la profesionalización de las fases de creación y desarrollo de proyectos audiovisuales a través de la innovación en las narrativas, la adquisición de habilidades creativas y emprendedoras, la vertebración de redes dentro del sector audiovisual, el estímulo y la ayuda directa a profesionales y proyectos para que las producciones lleguen en mejores condiciones a sus públicos potenciales.
  • Fomentar la internacionalización de la producción audiovisual navarra, a través de la mejora de la capacidad del sector audiovisual para operar transnacionalmente e internacionalmente y para generar más coproducciones bilaterales y multilaterales.
  • Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos y favorecer un efecto estructurador en las empresas navarras, incluido el emprendimiento, la creación de nuevos modelos de negocio, la gestión de la propiedad intelectual y mejora de la capacidad para acceder a la financiación.
  • Favorecer la diversidad de la oferta cultural, la financiación de obras de especial interés cultural con dificultades para su financiación y facilitar la incorporación de nuevo talento y de las nuevas generaciones.
  • Potenciar el marketing, promoción, interacción con públicos y nuevos modos de distribución y explotación de las producciones, y aprovechar al máximo las oportunidades de los procesos de digitalización, trabajando en este ámbito desde las fases de creación y desarrollo de proyectos.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i
Descripción

Se subvencionará la contratación de personas tituladas para participar como personal investigador y tecnológico en actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.

  • La persona a contratar, en el momento de su contratación, deberá cumplir, entre otros (base 4.1 de la normativa), los siguientes requisitos:
    • Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL) o en otro Servicio Público de Empleo.
    • Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones académicas homologadas:
      • Titulaciones universitarias
      • Formación profesional de grado superior
  • Los contratos, entre la entidad beneficiaria y la persona contratada deberán cumplir, entre otras (base 4.2 de la normativa), las siguientes condiciones:
    • Ser a tiempo completo y tener una duración de al menos 12 meses.
    • El salario bruto anual será de al menos 20.000 euros.
    • Los grupos de cotización de la Seguridad Social serán 1 ó 2 para titulaciones universitarias y de 1 a 5 para formación profesional de grado superior.
    • La fecha de inicio de la contratación estará comprendida entre el 1 de febrero y el 30 de junio de 2025 de forma general. En el caso de concesiones posteriores a la conjunta se amplía hasta el 31 de octubre de 2025.
    • La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo
Descripción

Dotación presupuestaria: 200.000 euros.

Periodo subvencionable: las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite el 30 de abril de 2026.

Actuaciones subvencionables: son subvencionables los proyectos de inversión para el desarrollo de infraestructuras digitales y de datos, acordes con las necesidades de las asociaciones y sus niembros.

Inversiones subvencionables:

  • Actuaciones de fomento, desarrollo estratégico y consolidación de market places, que permitan a las pymes integradas en asociaciones turísticas incrementar su capacidad competitiva en el mercado.
  • Mejora de la atención, relación y conocimiento de la clientela y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
  • Transformación digital de las asociaciones para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de las y los clientes.
  • Publicidad, comunicación y visibilidad en diferentes medios o soportes digitales mediante la utilización de nuevas tecnologías.
  • Herramientas de análisis de métricas, del mercado, de la competencia o de mejora del posicionamiento de una web en buscadores web (SEO).
  • Soluciones en ciberseguridad.
  • Plataformas para la mejora de la comunicación interna entre las empresas asociadas u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la afluencia de la clientela.
  • Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos que sirvan para promocionar productos y servicios colectivos.
  • Desarrollo de tecnologías, basadas en Inteligencia Artificial, para la comercialización de nuevos productos y servicios turísticos.
  • Desarrollo de técnologías para la gestión estratégica del dato, para acelerar la adopción de soluciones basadas en Inteligencia Artificial.
  • Desarrollo de chatbots basados en Inteligencia Artificial.
Estado En resolución
Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo
Descripción

Dotación presupuestaria: 500.000 euros.

Las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite el 30 de abril de 2026.

Inversiones subvencionables:

  • Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en establecimientos turísticos.
    Las inversiones deberán estar entre las planteadas en el plan de accesibilidad universal del establecimiento o empresa turística.
  • Inversiones necesarias para la implantación, obtención y renovación de certificaciones de calidad turística.
  • Actuaciones de digitalización de los sistemas de gestión y comercialización del establecimiento y utilización de inteligencia artificial.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Euskarabidea - Servicio de Planificación y Promoción del Euskera
Descripción

La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 271.500 euros.

Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:

  • Bloque 1: elaboración de un Plan de Transformación Digital.
  • Bloque 2: definición, diseño y construcción de soluciones digitales.

Cada persona beneficiaria solo podrá presentar una única solicitud.


La cuantía total para proyectos de innovación y digitalización de medios de comunicación en euskera asciende a un máximo de 95.000 euros.Serán subvencionables los proyectos que recojan una o varias de las siguientes actuaciones:Modalidad 1: proyectos de formación, consultoría y asesoramiento de innovación y evolución de la cultura digital: 30.000 euros.Modalidad 2: implantación de soluciones de tecnología de la información (TIC) y de oportunidades de transformación digital: 65.000 euros.Un medio de comunicación podrá presentarse a más de una modalidad, siempre y cuando cubra con los requerimientos especificados en cada una de ellas.

Estado En resolución
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Descripción

Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen un proyecto de I+D en España. Se consideran empresas todas aquellas sociedades que se hayan constituido conforme a la Ley de Sociedades de Capital (sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad comanditaria por acciones). Asimismo, se considerarán a estos efectos como empresas aquellas entidades cuya actividad principal sea la realización de actividades económicas, esto es, que ofrezcan bienes y/o servicios en un determinado mercado (por ejemplo, Sociedades Agrarias de Transformación, Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales, Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles Estatales, etc.). Podrán ser beneficiarios de ayudas a Proyectos de I+D de Cooperación Nacional (tipología b) los consorcios integrados por empresas, que deberán estar formalizados mediante un acuerdo privado de colaboración. En los proyectos orientados (tipología g) sólo podrán ser beneficiarias aquellas empresas que se encuentren, al menos, en una situación comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria).

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