| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
| Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
| Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio |
| Descripción | Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros. Tipos de proyectos subvencionables:
Periodo subvencionable: Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) entre el 18 de octubre de 2024 y el 17 de octubre de 2025 (en Traspasos, se admite la adquisición del comercio desde el 1 de julio de 2024). Pasos del procedimiento:
Obligación: mantener los bienes objeto de subvención, como mínimo y de manera ininterrupida, durante los 2 años siguientes a la puesta en marcha de las inversiones o durante su vida útil, si ésta fuera menor. |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i |
| Descripción | Los gastos subvencionables serán los correspondientes a las actuaciones realizadas por un centro tecnológico, universidad o centro de investigación acreditado como tal en el Registro del SINAI, que supongan transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación a la empresa o a la UIE, incluyendo, entre otras, las siguientes:Vigilancia tecnológicaEstudios de viabilidadServicios de apoyo a la I+D+iConsultoría tecnológicaDiagnóstico y orientación de proyectos o soluciones de I+DUtilización de infraestructuras o equipamientos de I+D de estos agentesEstas actuaciones podrán ser actividades completas en sí mismas o fases parciales de actuaciones de mayor alcance.El importe máximo de la subvención será:Para las pymes, un 60 % del gasto subvencionable, con un límite de 10.000 euros por actuación.Para las UIE, un 70 % del gasto subvencionable, con un límite de 16.000 euros por actuación. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare |
| Descripción | Para poder ser subvencionables, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:
Personas contratadas:
Contratos a subvencionar:
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| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento |
| Descripción | La finalidad de estas ayudas es fomentar la presencia de nuevas empresas innovadoras en Navarra, contribuyendo a la diversificación del tejido empresarial, al desarrollo económico y social y a la generación de empleo en Navarra. Las ayudas se destinarán a la creación, inicio de actividad y consolidación de empresas innovadoras de base tecnológica cuya estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnologías y sus actividades empresariales requieran la utilización de las mismas. |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Coordinación e Impulso de Asuntos Europeos |
| Descripción | Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que reúnan los siguientes requisitos:
Esta convocatoria tiene por objeto incrementar la participación activa de las empresas navarras en Bruselas con el fin de conseguir un mayor conocimiento de las instituciones europeas y lograr así aprovechar al máximo las oportunidades de financiación que ofrece la UE, reforzando de una manera práctica y experimental los conocimientos europeos en los agentes navarros |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Fomento de la Industria |
| Descripción | La finalidad de estas ayudas es fomentar la competitividad de lasempresas navarras, mediante la subvención a los proyectosque atal fin se elaboren con asesoramiento especializado. |
| Estado | En plazo |