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Publicación / normativa Información de la convocatoria
Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i
Descripción

Serán objeto de ayuda las actuaciones de fomento de la cultura científica, la comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación realizadas en Navarra, así como el fomento de las vocaciones STEM realizadas en Navarra. Las actuaciones se deberán alinear con una de las siguientes líneas de actuación:

  1. Fomento de la cultura científica: se incluye la divulgación y comunicación sobre cualquier temática científica y tecnológica dirigida a público no especializado, con el objetivo de acercar la ciencia, la tecnología y la actividad investigadora a la sociedad navarra.
  2. Difusión de la I+D+i: se incluyen actuaciones que pongan en conocimiento de la ciudadanía los avances y resultados conseguidos gracias a la I+D+i realizada en Navarra.
  3. Fomento de las vocaciones STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, por sus siglas en inglés): se incluye la promoción de la alfabetización científica entre escolares y jóvenes de etapas no universitarias y su interés por las carreras científico-tecnológicas mediante el contacto directo con el método y la práctica investigadora, con especial hincapié en actividades dirigidas a las niñas y adolescentes.
Estado En plazo
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i
Descripción

Se subvencionará la contratación de personas tituladas para participar, como personal investigador y tecnológico, en actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades (se limita a un total de cinco las concesiones encuadradas como labores de apoyo).

  • La persona a contratar, en el momento de su contratación, deberá cumplir, entre otros (base 4.1 de la normativa), los siguientes requisitos:
    • Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL) o en otro Servicio Público de Empleo.
    • Estar en posesión de titulación Universitaria o de Formación Profesional de grado superior.
  • La contratación suscrita entre la entidad beneficiaria y la persona contratada deberá cumplir, entre otras (base 4.2 de la normativa), las siguientes condiciones:
    • Ser a tiempo completo y tener una duración de al menos 12 meses.
    • Salario bruto anual de al menos 20.000 euros.
    • Grupos de cotización de la Seguridad Social 1 ó 2 para titulaciones universitarias y de 1 a 5 para Formación Profesional de grado superior.
    • Comenzará, de forma general, en el periodo comprendido entre el 2 de febrero y el 30 de junio de 2026, ambos incluidos. En el caso de concesiones posteriores a la conjunta se amplía hasta el 30 de octubre de 2026.
    • La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo ubicados en Navarra.
Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i
Descripción

La ayuda consiste en un maximo del 50 % subvención para las actuaciones de adquisición, instalación, o intervenciones para la mejora o actualización de equipamiento científico-tecnológico, incluida la obra civil de remodelación o mejora de edificios y el mobiliario utilizado en actividades de investigación.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Emprendimiento y Trabajo Autónomo
Descripción

Se subvencionarán los costes salariales y los costes de la cotización empresarial a la Seguridad Social de agentes de empleo y desarrollo local que contraten las entidades beneficiarias.

La cuantía máxima es de 34.100 euros anuales por cada agente contratado a jornada completa. En caso de que se contraten por una jornada inferior, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente.

Estado En plazo
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Diversificación Rural y Desarrollo Sostenible
Descripción

Los proyectos deben estar incluidos en alguno de los siguientes ámbitos:

a) Servicios profesionales de ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros.
b) Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
c) Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
d) Provisión de servicios sociales.
e) Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.
f) Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
g) Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural.
Se consideran como servicios a la agricultura y silvicultura aquellos servicios complementarios a la labores agrícolas y forestales (provisión de productos, asesoramiento, mantenimiento de maquinaria, etc.) siempre que se pueda probar que no se trata de labores preparatorias para la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.
h) Actividades de bioeconomía circular.
i) Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.
j) Otras actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial (no serán subvencionables actividades como farmacias, entidades financieras, administraciones de lotería, estancos, locales de juego y casas de apuestas).

Estado En plazo
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Órgano convocante COMISIÓN EUROPEA
Descripción

Resultado esperado:

 

Mejora de la toma de decisiones basada en datos empíricos mediante una comparación exhaustiva de sistemas que optimice el proceso de adquisición de superordenadores acelerados por computación cuántica (HPC-QC híbridos). Esto permitirá tomar decisiones más fundamentadas en cuanto a la adquisición de nuevos sistemas y la actualización de los ya existentes

Mejora general del funcionamiento y el ajuste de los sistemas HPC-QC híbridos, lo que se traducirá en un mayor rendimiento, un aumento del rendimiento y una optimización energética, así como en una mejor experiencia para el usuario final

Mejora de la competitividad de los proveedores cuánticos de la UE mediante una evaluación comparativa transparente de los flujos de trabajo relevantes para la industria.

Un marco de evaluación comparativa unificado, extensible y bien documentado para incorporar fácilmente nuevos benchmarks aportados por la comunidad con estándares comunes, control de versiones y gestión.

Un conjunto de benchmarks bien mantenido y actualizado continuamente para flujos de trabajo de QC y HPC-QC híbrido, con implementaciones de referencia de código abierto para cada benchmark, especificaciones independientes del SDK y conjuntos de datos de muestra.

Contribuciones activas a la normalización europea y mundial en materia de comparativas, certificación y sostenibilidad de la computación cuántica (QC) y la computación cuántica híbrida (HPC-QC) a través de organismos de normalización como IEEE P7130/P7131, CEN-CENELEC JTC22-WG3, IEC/ISO JTC3, etc.

Estado En plazo
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Órgano convocante Gobierno de Navarra - Sección de Fomento de la Inversión Industrial
Descripción

Dirigido a pymes con proyectos de inversión en Navarra que quieran crear un nuevo establecimiento, ampliar uno existente, diversificar su producción, realizar un cambio esencial del proceso productivo o adquirir activos de un establecimiento. Pueden solicitarla empresas de industria manufacturera (CNAE 2025: grupo 10.2 y divisiones 13 a 32), valorización de residuos (CNAE 382), logística/almacenamiento y actividades auxiliares al transporte (CNAE 521 y 5225–5226) y información y comunicaciones (Sección J), con exclusión general de actividades ligadas a productos agrarios del Anexo I del TFUE (salvo transformación de pesca y acuicultura).

Las beneficiarias deben cumplir la definición de pyme (Reglamento UE 651/2014), disponer o prever un establecimiento en Navarra, estar inscritas (o haber solicitado inscripción) en el Registro Industrial de Navarra y no incurrir en prohibiciones legales (sector público, empresa en crisis, órdenes de recuperación pendientes, sanciones por discriminación, o incumplimientos de morosidad en ayudas >30.000 €). Los proyectos requieren un presupuesto mínimo subvencionable según tamaño: 15.000 € (micro), 50.000 € (pequeña) y 100.000 € (mediana), ejecutándose entre la solicitud y el 31/05/2028, y cumpliendo el principio de no causar perjuicio significativo al medioambiente.

Se subvencionan inversiones en activos materiales e inmateriales: terrenos (hasta el 10%), inmuebles e instalaciones, maquinaria y bienes de equipo, patentes/licencias y otros intangibles, y costes vinculados (hasta el 20%) como licencias y honorarios de ingeniería/consultoría, además de pequeñas inversiones asociadas. La ayuda cubre un porcentaje del coste subvencionable: 10% (mediana), 18% (pequeña) y 20% (micro), con un máximo de 400.000 € por empresa. El procedimiento es en concurrencia competitiva: solicitud, evaluación y prelación, resolución de concesión, obligaciones de transparencia, justificación de inversiones y resolución de abono.

Estado En resolución
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Órgano convocante MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Descripción

Las ayudas reguladas en esta convocatoria financiarán actividades relacionadas con la realización de diagnósticos y estudios, incluyendo planes de trabajo y hojas de ruta tecnológicas y de innovación compartidas entre diferentes comunidades autónomas, difusión, asesoramiento y preparación de propuestas de I+D+I, formación, promoción de capacidades científicotecnológicas, generación de redes y puntos de encuentro entre agentes del ecosistema.

 

Serán objeto de ayuda las siguientes actividades vinculadas a los retos sociotécnicos establecidos en el Anexo I, llevadas a cabo por la agrupación solicitante:

a. Realización de análisis y diagnósticos para la identificación de retos sociotécnicos y temáticas de interés para el supra-ecosistema. El diseño, concreción y planificación de hojas de ruta que permitan abordar problemáticas y retos sociotécnicos comunes.

b. Realización de actividades que posibiliten y refuercen la colaboración y la transferencia de conocimiento dentro y entre los ecosistemas regionales afines o complementarios, contribuyendo a crear una estructura organizativa estable de carácter suprarregional, que aglutine a varias CCAA.

c. La organización de actividades de soporte como programas de formación, difusión, estimulación y talleres de asesoramiento para fomentar la sensibilización, la transferencia de conocimiento, la capacitación y la cooperación, orientadas hacia la innovación y nuevos modelos de desarrollo socioeconómico.

d. La definición, concreción y planificación de propuestas de iniciativas de cooperación público-privada para la resolución de los retos identificados.

Estado En resolución
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Órgano convocante Gobierno de Navarro - Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Descripción

El gasto autorizado en esta convocatoria de subvenciones es de 4.123.562 euros, repartidos concretamente en:

  • 2.061.781 euros, para talleres de formación y empleo realizados por entidades locales.
  • 2.061.781 euros, para talleres de formación y empleo realizados por asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Los proyectos tendrán una duración de entre 3 y 9 meses, y deberán finalizar antes del 30 de septiembre de 2026.

Los proyectos constarán de:

  • Contenido formativo:
    • Formación técnica.
    • Formación en competencias digitales básicas.
    • Formación en transformación digital, sostenibilidad e igualdad.
    • Actuaciones referidas a características o habilidades del comportamiento general de la persona en el puesto de trabajo.
  • Actividad laboral. Deberá alternarse con la formación durante todo el proyecto.
  • Servicios de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva.

Podrán participar en los proyectos previstos en esta convocatoria:

  • Las personas en situación de desempleo inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo.
  • Las personas ocupadas inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo que estén en situación de empleo precario (quienes perciban un salario inferior al SMI mensual vigente) y que se encuentren en disposición de compatibilizar el programa con su empleo.

Durante toda la duración de los proyectos, el alumnado trabajador estará contratado a jornada completa por las entidades beneficiarias.

Estado En resolución
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Órgano convocante MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P
Descripción

Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas

  1. El objeto es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma con un diseño personalizado de acciones de mejora de ciberseguridad. Es un programa orientado a todo tipo de pymes, en especial aquellas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.
  2. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permite la mejora de los niveles de ciberseguridad de las pymes.
  3. La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en ciberseguridad que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación.
  4. La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa de la Fundación EOI, por la cuantía que se recoge en el apartado 6 de este artículo.
  5. Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  6. La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.

Empresas beneficiarias y sus requisitos.

  1. Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente.
  2. Serán consideradas PYME, aquellas empresas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  3. Asimismo, las empresas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiaria, no pudiendo estar incursas en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
  4. Quedan excluidas de estas ayudas las entidades que integren el sector púbico institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta, en los términos dispuestos en el artículo 81 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tampoco podrán ser beneficiarias aquellas empresas que sean entidades colaboradoras, en los términos del artículo 9 de la orden de bases.
Estado En resolución
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