| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | COMISIÓN EUROPEA |
| Descripción | Resultado esperado:
Mejora de la toma de decisiones basada en datos empíricos mediante una comparación exhaustiva de sistemas que optimice el proceso de adquisición de superordenadores acelerados por computación cuántica (HPC-QC híbridos). Esto permitirá tomar decisiones más fundamentadas en cuanto a la adquisición de nuevos sistemas y la actualización de los ya existentes Mejora general del funcionamiento y el ajuste de los sistemas HPC-QC híbridos, lo que se traducirá en un mayor rendimiento, un aumento del rendimiento y una optimización energética, así como en una mejor experiencia para el usuario final Mejora de la competitividad de los proveedores cuánticos de la UE mediante una evaluación comparativa transparente de los flujos de trabajo relevantes para la industria. Un marco de evaluación comparativa unificado, extensible y bien documentado para incorporar fácilmente nuevos benchmarks aportados por la comunidad con estándares comunes, control de versiones y gestión. Un conjunto de benchmarks bien mantenido y actualizado continuamente para flujos de trabajo de QC y HPC-QC híbrido, con implementaciones de referencia de código abierto para cada benchmark, especificaciones independientes del SDK y conjuntos de datos de muestra. Contribuciones activas a la normalización europea y mundial en materia de comparativas, certificación y sostenibilidad de la computación cuántica (QC) y la computación cuántica híbrida (HPC-QC) a través de organismos de normalización como IEEE P7130/P7131, CEN-CENELEC JTC22-WG3, IEC/ISO JTC3, etc. |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Fomento de la Inversión Industrial |
| Descripción | Dirigido a pymes con proyectos de inversión en Navarra que quieran crear un nuevo establecimiento, ampliar uno existente, diversificar su producción, realizar un cambio esencial del proceso productivo o adquirir activos de un establecimiento. Pueden solicitarla empresas de industria manufacturera (CNAE 2025: grupo 10.2 y divisiones 13 a 32), valorización de residuos (CNAE 382), logística/almacenamiento y actividades auxiliares al transporte (CNAE 521 y 5225–5226) y información y comunicaciones (Sección J), con exclusión general de actividades ligadas a productos agrarios del Anexo I del TFUE (salvo transformación de pesca y acuicultura). Las beneficiarias deben cumplir la definición de pyme (Reglamento UE 651/2014), disponer o prever un establecimiento en Navarra, estar inscritas (o haber solicitado inscripción) en el Registro Industrial de Navarra y no incurrir en prohibiciones legales (sector público, empresa en crisis, órdenes de recuperación pendientes, sanciones por discriminación, o incumplimientos de morosidad en ayudas >30.000 €). Los proyectos requieren un presupuesto mínimo subvencionable según tamaño: 15.000 € (micro), 50.000 € (pequeña) y 100.000 € (mediana), ejecutándose entre la solicitud y el 31/05/2028, y cumpliendo el principio de no causar perjuicio significativo al medioambiente. Se subvencionan inversiones en activos materiales e inmateriales: terrenos (hasta el 10%), inmuebles e instalaciones, maquinaria y bienes de equipo, patentes/licencias y otros intangibles, y costes vinculados (hasta el 20%) como licencias y honorarios de ingeniería/consultoría, además de pequeñas inversiones asociadas. La ayuda cubre un porcentaje del coste subvencionable: 10% (mediana), 18% (pequeña) y 20% (micro), con un máximo de 400.000 € por empresa. El procedimiento es en concurrencia competitiva: solicitud, evaluación y prelación, resolución de concesión, obligaciones de transparencia, justificación de inversiones y resolución de abono. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES |
| Descripción | Las ayudas reguladas en esta convocatoria financiarán actividades relacionadas con la realización de diagnósticos y estudios, incluyendo planes de trabajo y hojas de ruta tecnológicas y de innovación compartidas entre diferentes comunidades autónomas, difusión, asesoramiento y preparación de propuestas de I+D+I, formación, promoción de capacidades científicotecnológicas, generación de redes y puntos de encuentro entre agentes del ecosistema.
Serán objeto de ayuda las siguientes actividades vinculadas a los retos sociotécnicos establecidos en el Anexo I, llevadas a cabo por la agrupación solicitante: a. Realización de análisis y diagnósticos para la identificación de retos sociotécnicos y temáticas de interés para el supra-ecosistema. El diseño, concreción y planificación de hojas de ruta que permitan abordar problemáticas y retos sociotécnicos comunes. b. Realización de actividades que posibiliten y refuercen la colaboración y la transferencia de conocimiento dentro y entre los ecosistemas regionales afines o complementarios, contribuyendo a crear una estructura organizativa estable de carácter suprarregional, que aglutine a varias CCAA. c. La organización de actividades de soporte como programas de formación, difusión, estimulación y talleres de asesoramiento para fomentar la sensibilización, la transferencia de conocimiento, la capacitación y la cooperación, orientadas hacia la innovación y nuevos modelos de desarrollo socioeconómico. d. La definición, concreción y planificación de propuestas de iniciativas de cooperación público-privada para la resolución de los retos identificados. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarro - Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare |
| Descripción | El gasto autorizado en esta convocatoria de subvenciones es de 4.123.562 euros, repartidos concretamente en:
Los proyectos tendrán una duración de entre 3 y 9 meses, y deberán finalizar antes del 30 de septiembre de 2026. Los proyectos constarán de:
Podrán participar en los proyectos previstos en esta convocatoria:
Durante toda la duración de los proyectos, el alumnado trabajador estará contratado a jornada completa por las entidades beneficiarias. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - FUNDACIÓN EOI, F.S.P |
| Descripción | Objeto, modalidad y cuantía individualizada de las ayudas
Empresas beneficiarias y sus requisitos.
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
| Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
| Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio |
| Descripción | Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros. Tipos de proyectos subvencionables:
Periodo subvencionable: Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) entre el 18 de octubre de 2024 y el 17 de octubre de 2025 (en Traspasos, se admite la adquisición del comercio desde el 1 de julio de 2024). Pasos del procedimiento:
Obligación: mantener los bienes objeto de subvención, como mínimo y de manera ininterrupida, durante los 2 años siguientes a la puesta en marcha de las inversiones o durante su vida útil, si ésta fuera menor. |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i |
| Descripción | Los gastos subvencionables serán los correspondientes a las actuaciones realizadas por un centro tecnológico, universidad o centro de investigación acreditado como tal en el Registro del SINAI, que supongan transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación a la empresa o a la UIE, incluyendo, entre otras, las siguientes:Vigilancia tecnológicaEstudios de viabilidadServicios de apoyo a la I+D+iConsultoría tecnológicaDiagnóstico y orientación de proyectos o soluciones de I+DUtilización de infraestructuras o equipamientos de I+D de estos agentesEstas actuaciones podrán ser actividades completas en sí mismas o fases parciales de actuaciones de mayor alcance.El importe máximo de la subvención será:Para las pymes, un 60 % del gasto subvencionable, con un límite de 10.000 euros por actuación.Para las UIE, un 70 % del gasto subvencionable, con un límite de 16.000 euros por actuación. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Coordinación e Impulso de Asuntos Europeos |
| Descripción | Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que reúnan los siguientes requisitos:
Esta convocatoria tiene por objeto incrementar la participación activa de las empresas navarras en Bruselas con el fin de conseguir un mayor conocimiento de las instituciones europeas y lograr así aprovechar al máximo las oportunidades de financiación que ofrece la UE, reforzando de una manera práctica y experimental los conocimientos europeos en los agentes navarros |
| Estado | En plazo |