| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de I+D+i |
| Descripción | Los gastos subvencionables serán los correspondientes a las actuaciones realizadas por un centro tecnológico, universidad o centro de investigación acreditado como tal en el Registro del SINAI, que supongan transferencia de conocimiento de naturaleza científica, tecnológica o de innovación a la empresa o a la UIE, incluyendo, entre otras, las siguientes:Vigilancia tecnológicaEstudios de viabilidadServicios de apoyo a la I+D+iConsultoría tecnológicaDiagnóstico y orientación de proyectos o soluciones de I+DUtilización de infraestructuras o equipamientos de I+D de estos agentesEstas actuaciones podrán ser actividades completas en sí mismas o fases parciales de actuaciones de mayor alcance.El importe máximo de la subvención será:Para las pymes, un 60 % del gasto subvencionable, con un límite de 10.000 euros por actuación.Para las UIE, un 70 % del gasto subvencionable, con un límite de 16.000 euros por actuación. |
| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Fomento de la Inversión Industrial |
| Descripción | Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiarias:
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Sección de Proyectos Audiovisuales y Digitales |
| Descripción |
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| Estado | En resolución |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | COMISIÓN EUROPEA |
| Descripción | Los resultados esperados abordan varias tecnologías y arquitecturas que pueden ser aplicables a una amplia gama de escenarios innovadores de conectividad IoT, como los descritos por el análisis de casos de uso del proyecto insignia Hexa-X-II. Se dirigen principalmente a: Estudios de caracterización y rendimiento de tecnologías que permitan la llegada de dispositivos de consumo de energía (casi) nulo, en particular para operaciones de IoT desatendidas a largo plazo con una pérdida mínima de rendimiento por parte de la red. |
| Estado | Pendiente de publicar |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Comisión Europea |
| Descripción | El apoyo del InnovLab apoyará el diseño, desarrollo y/o difusión de herramientas, modelos o soluciones innovadoras aplicables en el sector audiovisual y otros sectores culturales y creativos (SCC) con un alto potencial de replicabilidad en dichos sectores. El objetivo del programa es fomentar la cooperación entre el sector audiovisual y otros SCC para acompañar su transición ambiental y/o mejorar su competitividad y/o la circulación, visibilidad, facilidad de descubrimiento, disponibilidad, diversidad y audiencia de los contenidos europeos a través de las fronteras. El apoyo también busca que el sector audiovisual europeo y otros SCC se adapten mejor a las oportunidades que ofrece el desarrollo de la Inteligencia Artificial y los Mundos Virtuales. Resultados esperados
Descripción de las actividades a financiar Los proyectos deben centrarse en uno (o varios) de los siguientes temas:
La cooperación intersectorial entre el sector audiovisual y otros sectores culturales y creativos es un elemento central de la convocatoria. Por lo tanto, las solicitudes deben demostrar claramente el alcance del enfoque intersectorial, las condiciones para su implementación y los beneficios esperados para los sectores incluidos. Se invitará a participar a un amplio espectro de organizaciones, incluyendo entidades públicas y privadas, empresas tecnológicas y startups, y organizaciones audiovisuales, culturales y creativas. Se fomentará la participación de incubadoras y aceleradoras de empresas para brindar espacio y tiempo para que las ideas creativas se desarrollen. Los costos de desarrollo y/o producción de contenido solo se financiarán si están claramente vinculados al desarrollo de herramientas o modelos innovadores propuestos por el proyecto. Deben ser proporcionales y limitados. Se permite el apoyo financiero a terceros en concepto de subvenciones. |
| Estado |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Comisión Europea |
| Descripción | Resultado esperado:
Objetivo: El objetivo principal de esta acción es diseñar y establecer un programa paneuropeo de Máster en Ciencias (MSc) en Computación de Alto Rendimiento, basado en la experiencia del anterior proyecto piloto EUMaster4HPC. El proyecto seleccionado deberá formar especialistas en HPC mediante formación avanzada centrada en HPC en áreas como arquitectura y diseño de sistemas, operación, desarrollo de software y utilización de HPC. El programa se adaptará a las demandas de la industria y el mercado laboral, garantizando que los graduados estén bien preparados para afrontar los retos actuales y futuros en este campo. Alcance: Las propuestas en el marco de esta acción deben detallar un programa de máster europeo en HPC que tenga como objetivo desarrollar un programa de máster educativo de calidad controlada para HPC que tenga como objetivo formar a futuros expertos en HPC de acuerdo con las necesidades del mercado laboral europeo. La acción ofrecerá un programa de máster de alcance paneuropeo para más de 100 estudiantes por convocatoria anual, equivalente a 120 créditos ECTS, enfocado en las competencias avanzadas y de vanguardia necesarias para la investigación y la informática de alto rendimiento (HPC) industrial. Cuatro cohortes de estudiantes deberán completar el programa de máster durante la duración del proyecto. |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Comisión Europea |
| Descripción | Resultado esperado: Se espera que el proyecto contribuya a los siguientes resultados:
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| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Gobierno de Navarra - Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo |
| Descripción | Actuaciones subvencionables a) Obtención de las siguientes certificaciones y/o reconocimientos:
b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa. b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y online relativos a productos y ofertas específicas. b.2 Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existentes:
b.3 Gastos de contratación de consultorías, profesionales o entidades especializadas, externas y no vinculadas a la entidad solicitante, para elaborar, redactar y diseñar diagnósticos, planes o análisis empresariales y ejecutar actuaciones con la finalidad de incrementar la competitividad de la empresa, mejorar la gestión comercial o acceder a nuevos mercados. c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores en eventos y ferias, realizados fuera de Navarra e incluidos en la siguiente relación:
Las presentaciones deberán ajustarse a los siguientes mercados y segmentos:
Límites de gasto subvencionable a) Obtención de certificaciones o reconocimientos. Son subvencionables los siguientes gastos:
b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa. b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y on line relativos a productos y ofertas específicas. b.2 Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existentes. b.3 Servicios externos de consultoría. El gasto mínimo subvencionable es de 1.500 euros por cada uno de los conceptos. El presupuesto máximo admisible es de 5.000 euros por cada uno de los conceptos. c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores en eventos y ferias:
Importe de la subvención El importe de la subvención es el obtenido tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre los gastos subvencionables (IVA excluido): a) Obtención y mantenimiento de certificaciones o reconocimientos: 50 %. b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa. b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y on line relativos a productos y ofertas específicas: 50 % b.2 Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existente/s: 60 % b.3 Servicios externos de consultoría: 60 % c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores: 70 %. Subvención máxima a) Obtención y mantenimiento de certificaciones o reconocimientos: 2.000 euros. b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa. b.1 Campañas de comunicación y de promoción digitales y on line relativos a productos y ofertas específicas: 2.500 euros. b.2 Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existentes: 3.000 euros. b.3 Servicios externos de consultoría: 3.000 euros c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores: 800 euros por presentación en ferias/eventos nacionales y 3.000 euros por presentación en ferias/eventos fuera de España.
Plazos de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes va en función del tipo de actuaciones subvencionables. a) Obtención y mantenimiento de certificaciones o reconocimientos: 21 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON. b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción del producto o propuesta del establecimiento y empresa: 21 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON. c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y recursos turísticos innovadores: desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BON hasta el 30 de septiembre de 2025, inclusive. |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | Comisión Europea |
| Descripción | La Comisión Europea, Dirección General de Migración y Asuntos de Interior, organizará una sesión informativa en línea sobre esta convocatoria de propuestas el 14 de mayo de 2025 a las 10:00 (hora local de Bruselas). La sesión, que se retransmitirá en directo y se grabará, tendrá una duración aproximada de 2 horas y 30 minutos y proporcionará información sobre las prioridades temáticas de la convocatoria, así como sobre los aspectos legales, financieros y administrativos relevantes para el proceso de solicitud. El calendario indicativo es el siguiente: |
| Estado | En plazo |
| Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
| Órgano convocante | DEPARTAMENTO DE UNIVERSIDAD, INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL |
| Descripción | 1. La finalidad de estas ayudas es: a) Favorecer la consolidación de los agentes del SINAI. b) Potenciar la colaboración entre los diferentes agentes que actúan en el ámbito de la investigación y la innovación. c) Conseguir un mayor nivel de excelencia y especialización de los agentes, con una orientación a ampliar los conocimientos en las áreas enmarcadas dentro de las prioridades temáticas establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra (S4) así como a contribuir al progreso de Navarra en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y a la transición ecológica, siempre teniendo en cuenta la transversalidad de la igualdad de género. d) Mejorar el servicio que los agentes prestan a las empresas. 2. Mediante estas ayudas se financia la actividad no económica que realizan los agentes. Se entiende por actividad no económica la definida por la Comisión Europea en el Marco Comunitario de Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), publicado en el DOUE de 27 de junio de 2014. Según establece dicho Marco Comunitario, a la financiación pública de las actividades no económicas de estas entidades no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, es decir, no tendrá la consideración de ayuda estatal, siempre y cuando quepa distinguir con claridad entre ambos tipos de actividades (económicas y no económicas) y entre sus respectivos costes y financiación, de manera que se evite efectivamente la subvención indirecta de la actividad económica. |
| Estado | En resolución |