Publicación / normativa | Información de la convocatoria |
Órgano convocante | Dirección General de Innovación |
Descripción | Inserción laboral de personas jóvenes investigadoras mediante su participación, como personal de investigación y tecnológico, en actividades de I+D+i La finalidad de las ayudas es la inserción laboral de personas jóvenes investigadoras mediante su participación, como personal de investigación y tecnológico, en actividades de I+D+i y apoyo a estas actividades (máximo 6 contrataciones), desarrolladas por los agentes del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI). Se subvencionará la contratación de una persona durante 12 meses, así como posibilidad de subvencionar un segundo periodo de 12 meses siempre que se justifique la continuidad de la persona y haya crédito disponible. Estas personas a contratar deberán cumplir los requisitos de la base 7 (ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023), entre otros:
Serán comunicados, a través de la aplicación Contrat@, con la indicación “Programa Investigo. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”, e incluyendo el número de registro de la oferta de empleo tramitada. La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra y ocupará un puesto acorde a su titulación académica. GASTOS SUBVENCIONABLES Se financian los costes laborales y salariales de la persona contratada, incluyendo los conceptos de Seguridad Social, de manera que la concesión se realiza a través del régimen de módulos:
PASOS DEL PROCEDIMIENTO Solicitud de ayuda y evaluación individualizada de la misma por orden de presentación. En su caso, concesión. Oferta de empleo, preselección por parte del SNE-NL (excepto contratos segundo periodo), así como selección y contratación de la persona. Documentación tras concesión y abono. Justificación final. Documentación informativa Infografía. Cronograma. Protección de datos de carácter personal. Presentación ayudas contratación. |
Estado | En resolución |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Para considerarse mejora funcional, deberá cumplir los siguientes requisitos:
No se considerará mejora funcional:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de:
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Estado | En plazo |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del segmento I en el marco de la Agenda España digital 2025, Programa Kit Digital. Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
Estado | En plazo |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria "bono digital") de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
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Órgano convocante | ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES |
Descripción | Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras. |
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Órgano convocante | Ministerio de Industria y Turismo |
Descripción |
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Estado | En plazo |